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Gobierno del Principado de Asturias
consejería de movilidad, medio ambiente y gestión de emergencias
A/a
D.
CARGO:
C/
C.P.

A la vista de la solicitud formulada por D. , con D.N.I. nº , como de la denominada , entidad organizadora de la tradicional fiesta conocida con el nombre de , que se celebra en , concejo de para:

VISTOS:  La Ley 3/2004, de Montes y Ordenación Forestal y la Resolución de 3 de septiembre de 2024, de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria, por la que se regula el uso del fuego, se establecen las condiciones a cumplir para la autorización de las quemas en terrenos forestales y su franja de colindancia, y se determinan normas para las repoblaciones y las labores selvícolas para la prevención de incendios en los montes cercanos a zonas urbanas y núcleos rurales.

En consecuencia,

SE AUTORIZA:

1.Realización de fuego para cocinar durante el día a , con D.N.I. nº , como de la denominada , entidad organizadora de la tradicional fiesta conocida con el nombre de , que se celebra en , concejo de .

2.Circulación de vehículos el día por pistas forestales para acudir al festejo a que hace referencia el punto anterior.

La autorización concedida se regirá por las condiciones particulares que figuran en el Anexo a esta autorización.

Recibí el original,
Fdo:
En , a

El Guarda Mayor,
Fdo.:
Gobierno del Principado de Asturias
consejería de movilidad, medio ambiente y gestión de emergencias
ANEXO
CONDICIONES PARTICULARES POR LAS QUE SE REGIRÁ LA AUTORIZACIÓN CONCEDIDA PARA LA REALIZACIÓN DE FUEGO PARA COCINAR DURANTE EL DÍA A D. , CON D.N.I. Nº , COMO DE LA DENOMINADA , ENTIDAD ORGANIZADORA DE LA TRADICIONAL FIESTA CONOCIDA CON EL NOMBRE DE , QUE SE CELEBRA EN , CONCEJO DE Y CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS EL DÍA POR LOS VIALES DEL MONTE PARA ACUDIR AL FESTEJO A QUE HACE REFERENCIA.
Recibí el original,
Fdo:
En , a

El Guarda Mayor,
Fdo.